sábado, 11 de julio de 2015


MEDICINA LEGAL:

 
CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL O MEDICINA FORENSE

1- Medicina legal es el conjunto de conocimientos médicos o biológicos que precisa el legislador para aplicar las leyes.

 

2- Conjunto de conocimientos médicos, que ayudan a las autoridades judiciales a resolver problemas de orden penal, civil, y laboral, así como, a la formulación de leyes en que intervengan situaciones biológicas.

 

 
DEFINICION DE MEDICINA LEGAL O MEDICINA FORENSE:

1- Es la rama de la medicina que reúne todos los conocimientos médicos que puede ayudar a la administración de justicia.

2- Es una rama de la medicina que determina el origen de las lesiones sufridas por un herido o, especialmente, la causa de la muerte mediante el examen de un cadáver. Estudia los aspectos médicos derivados de la práctica diaria de los tribunales de justicia, donde actúan como peritos. El médico especialista en el área recibe el nombre de médico legista o médico forense.

 

CIENCIA FORENSE

Conjunto de tecnologías y ciencias a las que el jurista recurre para la búsqueda de la verdad en las causa penales, civiles y sociales.

 

LA CRIMINOLOGÍA es una ciencia interdisciplinaria que basa sus fundamentos en conocimientos propios de la sociología, psicología y la antropología social, tomando para ello el marco conceptual que delimita el derecho penal. La criminología estudia las causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre. 

 

LA CRIMINALÍSTICA es una ciencia que usa un conjunto de técnicas y procedimientos de investigación cuyo objetivo es el descubrimiento, explicación y prueba de los delitos, así como la verificación de sus autores y víctimas. La criminalística se vale de los conocimientos científicos para reconstruir los hechos.

 

CAMPO DE ACCION

Más amplio y objetivo dentro del Derecho Penal, y ha estado imprimiendo su sello y haciendo sentir la necesidad de su ayuda en el estudio de la personalidad humana, en los de la legislación civil, en el atrayente y modernismo de la medicina del trabajo en los que ya predomina de su método.

 

  • En el Derecho Penal: Comprobación de la muerte real sus causas, diferencias entre muerte súbita y violenta y causas mas frecuentes de ambos; autopsia medico legal, reconocimiento y determinación de lesiones y su clasificación, técnica para el reconocimiento en delitos sexuales, con sus secuelas mediatas e inmediatas, estudio del recién nacido o del emergido muerto, concepto generales de psiquiatría forense e información sintética sobre el examen de productos biológicos, manchas etc. y métodos de investigación.

  
  • En el Derecho Civil: Las actividades medico forense se aplican habitualmente a la estimulación de la capacidad mental, en los casos de herencia, administración de bienes y validez de diversas actividades del individuo en su vida civil.

 

IMPORTANCIA DE LA MEDICINA LEGAL

La medicina legal es importante porque colabora con el Derecho en varios campos, desde un examen pericial de lesiones hasta el minucioso reconocimiento en paternidad discutida, desde la observación concienzuda en los delitos sexuales hasta la complicada autopsia, luego de exhumar un cadáver.


Es importante también porque la orientación que los peritos dan al Juez en cada caso Médico Legal resulta mandatorio, para que un juez de un dictamen justo y apegado a la verdad y de esta manera impedir que el culpable de un crimen salga en libertad o que un inocente sea condenado:


Podemos mencionar hasta seis  aspectos que resaltan la importancia de la medicina legal, es importante según su:

 

  1. Naturaleza de su actuación: la medicina legal es una especialidad medico social, y constituye en la práctica una rama de los servicios públicos dentro de una sociedad o nación, contribuyendo con extraordinaria eficacia al correcto funcionamiento de la administración de justicia, a demás de colaborar en la elaboración de leyes y reglamentos.
  2. Responsabilidad de sus actividades: como cualquier especialidad medica, su ejercicio implica una responsabilidad moral pero su aspecto moral inherente e ineludible la hace aun de mayor responsabilidad y aun mas que ello también material, ya que de una pericia puede darse una condena o la absolución de un acusado, y ello deducido por análisis comprobaciones y exámenes: recordando que un fallo erróneo o una sentencia injusta, pueden ser consecuencia de un deficiente peritaje. También existe la responsabilidad Material, la cual se subdivide en: Penal, sancionatoria y Pecuniaria.
  3. Obligatoriedad: de acuerdo a la ley como lo establece el código penal, la función medico legal puede ser impuesta a todo medico en ejercicio, por muy apartado que se encuentre habitualmente de la medicina forense, para efectuar una necropsia de ley o un peritaje de lesiones por una violencia familiar, por ejemplo: el medico designado por la autoridad judicial, debe actuar aun a su pesar, expuesto a ser sancionado si se niega o ser denunciado si no la ejerce bien por ignorancia, por incompetencia o por no atenerse a las normas.
  4. Antecedentes Históricos: la medicina legal posee una rica tradición histórica interrumpida a lo largo de los siglos, remontándose a las mas antiguas civilizaciones, donde se pueden encontrara sus primeros antecedentes en épocas aun lejanas a la medicina legal moderna, que aparece esta ultima en el siglo XVI cuando se requiere en los códigos de manera explicita la intervención pericial medica especializada en la resolución de los procesos jurídicos.
  5. Categoría Científica:  la medicina legal actual utiliza todos los adelantes de la ciencia medica, aprovechando las técnicas y procedimientos científicos mas depurados y avanzados en la solución de los problemas que le plantean el derecho. Siendo un ejemplo de ello, la utilización de la prueba de ADN con fines de identificación forense así como el esclarecimiento de hechos ilícitos.
  6. Resonancia económica: resulta por demás evidente, su enorme transcendencia debido a las repercusiones que de hecho tienen las actuaciones periciales, principalmente en materia civil, como por ejemplo en las valoraciones del daño corporal como consecuencia de un delito de lesiones o las derivadas de un accidente de transito o dentro del campo laboral como accidente de trabajo.
 
La medicina legal es importante ya que de ella se originan otras ciencias

 

OBJETO DE LA MEDICINA LEGAL

El objetivo final de la medicina legal es proporcionar a la justicia elementos suficientes para dejar en libertar al inocente y castigar al culpable, disuadiendo al delincuente de infringir la ley.

Se obtiene en las mismas leyes que la fundamentan:

  • Ley Penal o Criminal
  • Ley Civil
  • Ley laboral
  • Ley Administrativa
 


CLASIFICACION DE LA MEDICINA LEGAL

Existen varias formas de dividir esta disciplina.

 

1.     JURISPRUDENCIA MÉDICA: Se refiere a las leyes que norman el ejercicio de la medicina.

 
2.     DEONTOLOGIA MEDICA: elementos morales del desempeño de la profesión.

 
3.     TANATOLOGIA: Estudio de la muerte y del cadáver.

 
4.     TRAUMATOLOGIA FORENSE: Estudio de las alteraciones anatómicas o funcionales producida por una fuerza exterior con relación a la ley.

 
5.     MEDICINA LEGAL MATERNO INFANTIL: aspectos médicos legales del instinto sexual y de la descendencia.

 
6.     PSIQUIATRIA FORENSE: Las alteraciones mentales y la ley.

 
7.     MEDICINA LEGAL LABORAL: intervención del medico en problemas legales de la salud del trabajador.

 
8.     CRIMINALISTICA: estudio de los indicios de naturaleza médica dejados por el delincuente en la escena del hecho o sobre la víctima.

 
9.      TOXICOLOGIA FORENSE: Aspectos médicos legales de las intoxicación.

 
10.   LA CRIMINOLOGÍA . La criminología estudia las causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre. 

 



RELACIONES DE LA MEDICINA LEGAL



MEDICINA: obstetricia y ginecología, patología quirúrgica, anatomía humana y comparada, anatomía patológica.

 
DERECHO: con sus dos tipos de carácter: general y especial.

 
CIENCIAS FISICA: por todo lo utilizado en los laboratorios, concernientes a colorimetría, fotografía, radiografía. Etc.

 
CIENCIAS QUIMICAS: En sus dos ramas o inorgánica y orgánica, relacionado con los casos de envenenamientos, intoxicación.

 
HISTOLOGIAS: Ya que esta ciencia es la ciencia que estudia los tejidos y las células para comparaciones y determinaciones.

 
PSIQUIATRIA: para determinar la responsabilidad del individuo en materia penal, civil (casos de inhabilitación).

 
DERECHO CIVIL: En los casos en que haya que determinar la filiación, inhabilitaciones

DERECHO PENAL: porque determina la gravedad de las lesiones, causas de un aborto, homicidio etc.

 
ANATOMIA: Determinación y estudio de restos cadavéricos y compararlos con restos de animales.

 

NOCIONES HISTORICAS DE LA MEDICINA LEGAL
Ambrosio Pare es considerado el padre cronológico de la medicina legal, ya que publica en 1575 el primer tratado de medicina legal titulado DE LOS INFORMES Y DE LOS MEDIOS DE EMBALSAMAR LOS CADAVERES, en ella se refiere a las asfixias especialmente por sumersión, diagnosticando cuando un cuerpo es lanzado al agua vivo o muerto, igualmente en ella hace comentarios relacionado con la virginidad e impotencia.
Paolo Zacchia es considerado el padre científico de la medicina legal en el año 1651, publica en Amsterdam, su obra: CUESTIONES MEDICO LEGAL la cual fue la obra magistral de medicina legal de la época, por su gran criterio científico.

 

HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL EN VENEZUELA

La historia de la medicina legal en Venezuela tiene una cronología que data desde los días de Simón Bolívar y los inicios de la Republica misma hasta el presente, con la creación de instituciones públicas y privadas y legislaciones que dan lugar al presente estado de compatibilidad medico-legal. Expuesta a la tecnología de las épocas y los desafíos de los liderazgos políticos, la medicina legal en Venezuela vivió épocas de luminosidad científica y legal, así como momentos de poco esplendor y apatía. Los principales autores de la jurisprudencia médica de Venezuela han impulsado los aspectos legales que rigen la práctica médica en la República Bolivariana de Venezuela del presente. Sin duda, la medicina legal venezolana es producto de la historia y de la cultura de las épocas en que se desarrolló, y expresa los valores predominantes de la práctica médica y legal en el país.

La cátedra de medicina legal en Venezuela fue incluida por primera vez en la primera universidad fundada en el país, el actual Patrimonio de la Humanidad, la Universidad Central de Venezuela. La Universdiad fue fundada en 1721 como la Universidad de Caracas. La separación de la monarquía española y de la academia religiosa ocurrió en 1826 con el triunfo del movimiento de independencia del país. Simón Bolívar proclamó Estatutos Republicanos en la Universidad para reemplazar la constitución Real que hasta entonces la regía y se cambió el nombre por Universidad Central de Venezuela.

La Medicina Legal fue prevista en los Estatutos Republicanos del Liberador, cuyo artículo 83 establece:

Las clases de Medicina se dividirán por el orden siguiente: primero, una de anatomía general y descriptiva; segundo, una de fisiología e higiene ... tercero, una de nosografía y patología interna o medicina práctica; cuarto, una de nosografía y patología externa o cirugía; quinto, una de terapéutica, materia médica y farmacia; sexto, una de obstetricia o partos; séptimo, una de medicina legal. Además habrá cursos de clínica médica y quirúrgica que darán en los hospitales los respectivos profesores...

Un poco más adelante, en el artículo 91 se prevé que la Medicina Legal quedará a cargo de los profesores de Clínica Médica y Clínica Quirúrgica:

Clínica Médica y Quirúrgica y Medicina Legal. En estas cátedras se enseñará la clínica médica o la aplicación de los principios teóricos a la práctica. Igualmente la clínica quirúrgica o externa en todos sus ramos; ...Los mismos catedráticos darán también lecciones de Medicina Legal, en las épocas que lo exija la distribución de los cursos.

La antedicha cátedra de medicina legal fue inaugurada por primera vez quince años después de la instauración de los Estatutos Republicandos de la UCV, en el año 1841, figurando conjuntamente con Materia Médica y Terapéutica, con Antonio José Rodríguez como primer catedrático.[2] [3] Rodríguez sería luego rector de la UCV (1852 - 1855). Otros profesores contemporáneos de la cátedra fueron los doctores José María Vargas y Gregorio Blanco.[

TRAUMATOLOGIA

TRAUMATOLOGIA: Es la ciencia que estudia las lesiones

TRAUMATOLOGÍA FORENSE: Rama de la medicina que estudia los traumas en cualquier parte del cuerpo. Con repercusiones en el ámbito jurídico, se puede presentar en forma instantánea o manifestarse en el trascurso del tiempo.

Es la rama de la medicina legal que tiene por objeto el estudio de los estados patológicos producidos en el cuerpo humano por efecto de la violencia ejercida sobre el mismo. El estado patológico casi siempre se traduce, anatómicamente, en un daño de la integridad corporal, ya sea en forma inmediata o mediata.

El daño producido en el cuerpo recibe el nombre de LESIÓN.

Es la parte de la lesividad médico legal que se ocupa de las lesiones traumáticas o de los traumatismos, de sus causas lesivas y de sus consecuencias.

 

CLASIFICACIÓN

SEGÚN LA CUALIDAD DEL AGENTE VULNERANTE:

1-     Lesiones contusas

2-     Armas Blancas:
-Lesiones por instrumentos punzantes
-Lesiones por instrumentos cortantes
-Lesiones punzo-cortantes
-Lesiones contusas
-Lesiones contuso-cortantes


3-     Armas de Fuego:
-Lesiones por proyectiles de arma de fuego.

4-     Lesiones Fragmentadas:
 
-Lesiones por explosion

 
SEGÚN SU ETIOLOGÍA (agente externo)


1 - Lesiones por agentes físicos
2 - Lesiones por agentes mecánicos
3 - Lesiones por agentes químicos
4 - Lesiones por agentes biológicos.
5 -Lesiones Psicológica

 

SEGÚN EL ELEMENTO OBJETIVO

Artículo 413.- El que sin intención de matar, pero sí de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las Facultades intelectuales, será castigado con prisión de tres a doce meses.

 

Artículo 414.- Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta oprobablemente incurable, o la perdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a seis años.

 

Artículo 415.- Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual queda  dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro años.

 

Artículo 416.- Si el delito previsto en el Artículo 415 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia médica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses.

 

Artículo 417.- Si el delito previsto en el Artículo 415, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia médica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días.

 

 

1-     Lesiones Gravísimas (art. 414 CP)

a)     Enfermedades físicas o mentales incurable

b)     Perdida de algún sentido.

c)     Perdida de la mano

d)     Perdida del pie

e)     Perdida de la palabra

f)       Capacidad de engendrar

g)     Perdida de un órgano

h)     Herida que desfigura a la persona

i)       Mujer embarazada que ocasiones aborto.

 

2-     Lesiones Graves (art. 415 CP)

a)     Temporal mayor o igual  a 20 días.

b)     Inhabilitación permanente de algún sentido u órgano.

                                               I.          Dificultad permanente de la palabra

                                             II.          Cicatriz notable en la cara

                                            III.          Puesto en peligro la vida de la persona

                                           IV.          Embarazada que se le provoque parto prematuro

 
Nota: menor a 20 semanas es un aborto. Mayor o igual a 22 semanas el parto es prematuro.

3-     Lesiones Menos Graves (art. 413 CP)

Mayor o igual a 10 días, menor o igual a 20 días.

4-     Lesiones Leves  (art. 416 CP)

Inhabilitación menor a 10 días, art. 416 CP.

5-     Lesiones Levísimas.(art. 417 CP)

Art.42 ley orgánica sobre los derechos sobre las mujeres a una vida libre de violencia

Artículo 42. Violencia física.

El que mediante el empleo de la fuerza física cause un daño o sufrimiento físico a una mujer, hematomas, cachetadas, empujones o lesiones de carácter leve o levísimo, será sancionado con prisión de seis a dieciocho meses.

Si en la ejecución del delito, la víctima sufriere lesiones graves o gravísimas, según lo dispuesto en el Código Penal, se aplicará la pena que corresponda por la lesión infringida prevista en dicho Código, más un incremento de un tercio a la mitad.

Si los actos de violencia a que se refiere el presente artículo ocurren en el ámbito doméstico, siendo el autor el cónyuge, concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantenga relación de afectividad, aun sin convivencia, ascendiente, descendiente, pariente colateral, consanguíneo o afín de la víctima, la pena se incrementará de un tercio a la mitad.

La competencia para conocer el delito de lesiones conforme lo previsto en este artículo corresponderá a los tribunales de violencia contra la mujer, según el procedimiento especial previsto en esta Ley.

 

Elementos del delito:

a)     Antijuricidad

b)     Tipicidad

c)     Penalidad

d)     Acción

e)     culpabilidad

 
Lesiones Objetivas:

a)     Lesiones Gravísimas

b)     Lesiones Graves

c)     Lesiones Menos graves

d)     Lesiones Leves

e)     Lesiones Levísimas

 

SEGÚN EL ELEMENTO SUBJETIVO

Lesiones Intencionales
Lesiones Preterintencionales Art. 420-419 CP
Lesiones Culposas

 

Inimputables:

Niños menores de 12 años
Incapacidad o Trastorno Mental

 

Art. 64 COP #1 Agravante

Artículo 64° COP

Si el estado de perturbación mental del encausado en el momento del delito proviniere de embriaguez, se seguirán las reglas siguientes:

Si se probare que, con el fin de facilitarse la perpetración del delito, o preparar una excusa, el acusado había hecho uso del licor, se aumentará la pena que debiera aplicársele de un quinto a un tercio, con tal que la totalidad no exceda del máximum fijado por la ley a este género de pena. Si la pena que debiere imponérsele fuere la de presidio, se mantendrá ésta.

1. Si resultare probado que el procesado sabía y era notorio entre sus relaciones que la embriaguez le hacía provocador y pendenciero, se le aplicarán sin atenuación las penas que para el delito cometido establece este Código

 

La intención del sujeto activo

La culpabilidad:                                          

-La Intención o Dolo.

-Culpa  (sin intención)

 

ELEMENTOS DE LA CULPA

·        La negligencia

·        La inobservancia

·        La impericia

·        La imprudencia

 

Se dice que el Dolo Eventual es cuando se prevé resultado mas no se modifica su conducta.

La culpa de la víctima: art. 419-420 CP.

Artículo 419°

Cuando en los casos previstos en los artículos que preceden excede el hecho en sus consecuencias al fin que se propuso el culpable la pena en ellos establecida se disminuirá de una tercera parte a la mitad. (Lesiones Preterintencionales)

 

Lesiones Preterintensionales:

 

·        La intención inicial (acción del sujeto activo)

·        El modo o instrumento utilizado

·        El Resultado final

  

Artículo 420°

El que por haber obrado con imprudencia o negligencia o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado: (lesiones  culposas)

 

CONTUSIONES (definición)

Las contusiones son traumatismos producidos por cuerpos romos, es decir, cuerpos que no tienen filo.

El mecanismo de acción de estos agentes es la percusión, la presión, la fricción y la tracción.

La severidad extensión y apariencia de las contusiones depende de:

·        La cuantía de la fuerza viva

·        La zona o región afectada

·        La extensión de la superficie corporal sobre la cual fue ejercida  la fuerza.

·        La naturaleza o característica de los cuerpos.

Objetos contundentes: son instrumentos expresamente construidos y empleados como agente de contusión para la defensa y ataque (guante de boxeo).

Órganos naturales de ataque y defensa del hombre y los animales (manos, uñas, pies, dientes)

Objetos de uso habitual  o con fines distinto al ataque y la defensa y que accidentalmente sirven como armas. (bastones, martillo, piedra, un vehículo)
 
 
 
 
Clasificación de las Contusiones Según el Mecanismo de Producción.

 
Contusiones simples: son el apergaminamiento*, escoriaciones, equimosis, derrames y heridas contusas.

*apergaminamiento: traumatismo de aspecto de pergamino, amarillento, sin reacción inflamatoria circundante.

Contusiones Complejas: son producidas por dos o más mecanismos de contusión simple, comprende la mordedura, el aplastamiento, la caída, la precipitación y las contusiones cefálicas por matillo.

NOTAS.

El daño a la epidermis son erosiones y escoriaciones.

Las petequias están presentes en asfixias mecánicas.

De la cuantía de la extravasion depende si la lesión es una equimosis  o un hematoma.

Equimosis es un término médico que define una lesión subcutánea caracterizada por depósitos de sangre extravasada debajo de la piel intacta. Es clasificada como contusión simple y es un signo inequívoco de vitalidad. Su tamaño puede variar. Cuando la equimosis ocasiona una elevación palpable de la piel sobre la misma se le llama hematoma o, comúnmente, moretón [Si su tamaño es muy pequeño se le llama petequias. Se puede localizar en la piel o en la membrana mucosa.

 

 CUANTIA DEL GOLPE:

·        Violencia del golpe

·        Extensión de la región traumatizada

·        Condiciones:

LOCALES: presencia o no de plano subyacente

Vascularización de la región.

Disposición tejido subyacente.

GENERALES: Edad, sexo, constitución físico, enfermedad subyacente.

La forma de la equimosis se puede determinar el mecanismo de producción.

EVALUCION DE LA EQUIMOSIS

TIEMPO DESPUES DEL TRAUMA
COLOR
Inmediato < a 1 día
Rosado
1 a 7 días
Rojo, violáceo, azul oscuro
7 a 10 días
Verdoso
2 a 4 semana
Amarillento

 

CARACTERISTICAS DE LAS HERIDAS CONTUSAS

·        Bordes irregulares

·        hay puentes de unión dérmicos

·        Hay más contusión que cuando es una herida con instrumento cortante.

 

HERIDAS POR ARMAS BLANCAS

Armas blancas, son los instrumentos lesivos manejados manualmente que atacan la superficie corporal por un filo, (superficie cortante u hoja) una punta o ambos a la vez. De acuerdo con este mecanismo de acción se clasifican las heridas que producen.

 

Clasificación de las Armas Blancas

TIPICAS: Preparadas =hoja metálica brillante

ATIPICAS: o improvisadas



Clasificación Heridas por Armas Blancas

1.- Heridas por instrumentos punzantes.

2.- Heridas por instrumentos cortantes.

3.- Heridas por instrumentos corto punzantes.

4.- Heridas por instrumentos cortantes y contundentes.

 
A- HERIDAS POR INSTRUMENTOS PUNZANTES.

Se llaman así a las producidas por instrumentos de forma alargada, de un diámetro variable, pero nunca muy considerables, de sección circular o elíptica, que terminan en una punta más o menos aguda. En suma, se trata de cuerpos cilindro cónico alargado en forma de punta afilada.

Mecanismo de acción.

Los instrumentos punzantes penetran en los tejidos actuando a modo de cuña, disociando y rechazando lateralmente los elementos anatómicos del tejido atravesado. Pero cuando el instrumento tiene cierto grosor hay, además, un verdadero desgarro, al vencer los límites de su elasticidad. Por tanto, lo fundamental en la acción de estos instrumentos es la punta, que concentra la fuerza viva en una superficie muy limitada.

Caracteres de las lesiones.

Las heridas por instrumentos punzantes o perforantes se definen por la existencia de un orificio de entrada, de un trayecto más o menos largo y, cuando traspasan completamente una zona del cuerpo, por un orificio de salida.

El orificio de entrada radica ordinariamente en la piel; más raramente en mucosas. Cuando el instrumento es tan fino que al dislocar los tejidos no sobrepasa su límite de elasticidad, queda reducido a un punto rojizo o rosáceo, cuya huella desaparece en dos o tres días. La levedad del orificio de entrada no prejuzga el pronóstico de la herida, puesto que lesiones de apariencia insignificante pueden tener consecuencias graves por alcanzar órganos profundos importantes. Las complicaciones infecciosas son también susceptibles de agravar el pronóstico. Por último, a veces el instrumento se rompe y quedan partes del mismo en el fondo de la lesión.

Pronóstico.

Aunque generalmente es bueno, depende considerablemente de los siguientes factores: grosor del instrumento, zona herida, profundidad de la lesión, limpieza del arma. Las circunstancias que agravan el pronóstico son: que la herida sea penetrante en una cavidad; que haya interesado órganos vitales o de importancia funcional; que por la contaminación del instrumento se produzca una infección en profundidad.

B- HERIDAS POR INSTRUMENTOS CORTANTES.

Los instrumentos cortantes se definen por la existencia de una hoja de poco espesor y sección triangular que obra sólo por el filo. Ciertos objetos actúan accidentalmente como instrumentos cortantes: láminas delgadas de metal o trozos de vidrio. Los verdaderos instrumentos cortantes están representados por cuchillos, navajas, navajas de afeitar, bisturíes, etc.

 

Mecanismo de Acción.

Como se ha dicho, estos instrumentos actúan por el filo que penetra en los tejidos a manera de cuña y los divide produciendo soluciones de continuidad. El corte es facilitado cuando el filo aborda oblicuamente la superficie, pues el ángulo cortante resulta tanto más agudo cuanto mayor sea la oblicuidad. La acción del instrumento puede llevarse a cabo por simple presión o por presión y deslizamiento; en el último supuesto los efectos son muchos mayores.

Caracteres de las lesiones.

Las heridas por instrumentos cortantes, o heridas incisas, responden en general a tres tipos: heridas lineales, heridas en colgajo y heridas mutilantes.

1-     Heridas lineales

Las heridas lineales se producen cuando el instrumento penetra perpendicularmente produciendo una simple solución de continuidad. Por efecto de la elasticidad de los tejidos seccionados, la herida tiende a abrirse adquiriendo la forma de óvalo alargado, cuyos extremos es frecuente hagan más superficiales, llegando a prolongarse por un verdadero arañazo superficial que no siempre tiene la misma dirección que el resto de la incisión.

2-     Heridas en colgajo

Las heridas en colgajo se producen cuando el instrumento cortante penetra más o menos oblicuamente, con lo que uno de los bordes queda cortado en bisel obtuso, mientras que por el otro resulta una lámina o colgajo de sección triangular con el borde libre o corta, gruesa o delgada, dependiendo estos caracteres de la longitud del arma, de la oblicuidad del corte y de su profundidad.

3-     Heridas múltiples

Se producen cuando el instrumento ataca una parte saliente del cuerpo (la oreja, la extremidad de los dedos, la punta de la nariz, el pezón mamario) dando lugar a su separación completa. Si el arma no está muy afilada es corriente que se unan mecanismos de arrancamiento o tracción.

4-     heridas incisas atípicas.

En determinadas circunstancias pueden producirse también ciertas heridas incisas atípicas, de las que las más habituales son las siguientes:

  1. Rozaduras o erosiones: Se originan cuando el instrumento no hace más que rozar tangencialmente la superficie cutánea, en la que sólo produce una erosión o el desprendimiento parcial de la epidermis.
  2. Heridas en puente y en zig-zag, se deben a las características de la región. Cuando en ésta hay pliegues cutáneos o se trata de una zona del laxa (párpados, escroto) que forma pliegues con facilidad, aun con la simple presión del instrumento, el arma actúa linealmente, pero, como consecuencia de haber formado pliegue cutáneo, al extender la región se ven dos cortes separados por un puente o una herida en zigzag.
  3. Heridas irregulares: La falta de filo del arma o la existencia de melladuras da lugar a que la herida presente irregularidades, dentelladuras, hendiduras y laceraciones. Según el número e intensidad de éstas, se modifica más o menos la forma de las heridas incisas, los que, a veces, hace muy difícil el diagnóstico de su naturaleza.

 

C- HERIDAS POR INSTRUMENTOS CORTO-PUNZANTES

La parte lesiva de los instrumentos corto-punzantes está constituida por una lámina más o menos estrecha terminada en punta y recorrida por una, dos o más aristas afiladas y cortantes Según el número de estas aristas, los instrumentos se llaman monocortantes, bicortantes o pluricortantes.

Entre los instrumentos corto-punzantes más frecuentes en la práctica médico legal deben citarse las navajas, los cuchillos de punta, los puñales, los estiletes, etc.

Mecanismo de acción.

El modo de obrar de los instrumentos corto-punzantes puede considerarse como la suma o término medio de los instrumentos punzantes y los cortantes, por cuanto actúan simultáneamente por la punta y por el filo o filos. En efecto, al abordar el cuerpo por la punta ejercen una acción en cuña en la forma dicha para los instrumentos punzantes.

Pero al mismo tiempo el filo (o filos) queda situado en posición óptima para cortar, es decir, en dirección casi paralela al sentido en que ejerce su acción de fuerza con que está dotado el instrumento.

Cuando se trata de instrumentos pluricortantes, al ir aumentando el número de aristas va disminuyendo el ángulo que forma cada una de ellas (salvo que se hayan vaciado las caras intermedias), lo que hace que su filo sea menos agudo. Si su número se multiplica excesivamente, llegaría a confundirse con el instrumento cilindrocónico típico de los instrumentos punzantes.

Caracteres de las lesiones

Orificio de Entrada

Puede ser típico y atípico. En cuanto al primero, su morfología es variable con la forma del instrumento:

  1. Hoja plana y bicortante.- Cuando el instrumento posee una hoja plana y bicortante la herida que produce tiene la forma de una fisura, parecida a la de instrumento cortante, pero más profunda. Su dirección sigue la del diámetro transversal del instrumento y, por tanto, cambia según la posición de esté, con independencia de la orientación de las fibras elásticas de la piel. Puede no tener cola si el arma entró y salió perpendicularmente; tener una si al entrar o salir formó ángulo agudo; y tener dos si cada vez lo forma por un lado.
  2. Hoja plana monocortantes.- Forma también una fisura, pero de sus dos extremos uno es más agudo y, a menudo, presenta una cola evidente, mientras que el otro es más romo, como redondeado. Esta diferencia entre los extremos de la fisura se difumina cuando la herida es perpendicular a la dirección de las fibras elásticas cutáneas, por lo que la retracción de los bordes de la herida se hace muy acusada y adquiere entonces una forma oval alargada. En estos casos basta aproximar los bordes de la herida para hacer evidente la diferencia de los ángulos.
  3. Hoja gruesa monocortante.- Lo característico de este tipo de arma es la presencia de un lomo, opuesto al borde cortante. Como consecuencia, la herida forma un verdadero ojal, uno de cuyos extremos es agudo y en cola; el otro es casi cuadrado, por presentar dos pequeñas hendiduras debidas a los ángulos que el borde romo forma con las dos caras de la hoja
  4. Hoja pluricortantes.- El orificio de entrada en estos casos tiene forma estrellada, con tantas puntas como bordes cortantes posea el instrumento. Debe hacerse constar, no obstante, que a veces algunos de los bordes no marca su corte, por lo que no siempre se puede deducir de la herida la forma del instrumento. Es más, un mismo instrumento puede producir heridas con un número diferente de ángulos cuando hiere reiteradamente en una misma zona.

 

Trayecto

El trayecto de las heridas corto-punzantes puede adoptar diversas formas:

_ Es único o múltiple, según que el instrumento haya realizado más de una penetración, aun sin haber salido del todo.

_ Es perpendicular al plano de la piel u oblicuo. En este último caso, si el arma ha abordado oblicuamente los tejidos, con oblicuidad paralela a la caras del arma, el bisel producido permite diagnosticar desde fuera la dirección del trayecto.

Por último, el trayecto puede ser un fondo ciego o en canal completo, traspasando por completo la parte anatómica y dando lugar a un orificio de salida.

Orificio de salida

No es constante, Cuando lo hay suele ser de menores dimensiones que el de entrada, pues las armas corto-punzantes son ordinariamente más finas y aguzadas por la punta. Es también habitual que cuchillos y navajas sean bicortantes en la punta y monocortantes en la base, por lo que la forma del orificio de entrada y el de salida será distinto.

Si el arma tiene suficiente longitud y la herida recae en ciertas regiones, es posible encontrar dos orificios de entrada y uno de salida para una misma herida cuando el instrumento ha atravesado totalmente una parte del cuerpo y ha alcanzado otra subyacente: por ejemplo, una herida que interese el tórax después de haber traspasado el brazo.

 

Características específicas de las lesiones corto punzantes

·        Diéresis histica mas contusión y laceración

·        Profundidad que supera a las producidas por instrumentos cortantes.

·        En general no respeta las partes duras

·        Instrumento bien afilado vs. Filo no muy agudo

 

DIFERENCIAS ENTRE LAS HERIDAS CORTOPUNZANTES Y HERIDAS INCISAS

·        Las heridas cortopunzantes Carecen de cola

·        Las heridas cortopunzantes poseen Bordes con huellas de contusión (borde equemotico)

 

DIFERENCIAS ENTRE LAS HERIDAS CORTOPUNZANTES Y HERIDAS CONTUSAS.

·        Las contusiones de los bordes nunca son muy acentuadas.

·        En las cortopunzante  no se observan los puentes de unión.

·        Heridas contusas Grandes colgajos y lesiones de huesos.

PROBLEMAS MEDICO LEGALES DE LAS HERIDAS POR ARMA BLANCA

Diagnóstico del origen vital o postmortal de la herida.-

 Existencia de hemorragia externa o interna.

Retracción de los bordes le la herida y su intensidad.

Elementos anatómicos interesados por la lesión.

Propulsión del tejido adiposo subcutáneo entre los borde de la herida.

Presencia de coágulos sanguíneos íntimamente adheridos a las mallas de los tejidos, que resisten a la prueba del lavado.

 Todos estos signos constituyen pruebas de origen vital de la herida, por lo que su ausencia debe interpretarse en favor de haberse producido después de la muerte.

 

Diagnóstico del origen suicida, homicida o accidental.-

 No existe ninguna regla general que permitan en todos los casos establecer con certeza la etiología médico legal de una herida por arma blanca. Este diagnóstico es, en realidad, un juicio valorativo de los caracteres que presentan las heridas en cada caso particular, a los que deben unirse los derivados del lugar del hecho y aun los antecedentes sumariales si se quiere que aquel juicio se ajuste fielmente a los hechos. Es por ello que en este diagnóstico tiene un gran interés la íntima colaboración entre el juez instructor y el perito médico.

Los elementos de juicio de carácter estrictamente médico legal son los siguientes:

 

HERIDAS PUNZANTES Y CORTO - PUNZANTES.-  

    1. Localización de la herida: El sitio en que radica la herida sólo proporciona datos de probabilidad, aunque a veces resultan altamente significativos. En efecto, el suicida elige para herir ciertas zonas por encontrarse en ellas órganos de importancia vital (región precordial) . Esto, sin embargo, no es absoluto, pues las mismas zonas pueden haber sido atacadas por el homicida, mientras que algunos suicidas eligen sitios distintos (abdomen, pared anterior del tórax). Es más corriente que la localización se separe de estos sitios en el homicidio, pues el agresor no siempre puede elegir la zona a herir, sobre todo si ha habido lucha, en cuyo caso la herida puede interesar cualquier región. Un dato muy importante es la accesibilidad de la región herida que excluye el suicidio si las heridas están localizadas en puntos, que la víctima no puede alcanzar por sí misma. Orientan también el juicio en el mismo sentido cuando, además, se observan heridas en otras regiones que, si bien la víctima pudo alcanzar, no hay razón para que las presenten en caso de suicidio.
    2. Número de heridas: Los golpes múltiples son más frecuentes en el homicidio que en el suicidio. Ahora bien, en este último caso no puede excluirse la posibilidad de que se produzcan varias heridas aun cuando por su localización y profundidad hayan de considerarse mortales, cuando todas ellas radiquen en la misma zona.

3     Examen de los vestidos: El suicida suele abrirse los vestidos o quitárselos para alcanzar con el instrumento la región desnuda. En el homicidio, en cambio, los vestidos no han sido quitados y en ellos se encuentran también desgarros y roturas producidas por el arma en zonas correspondientes a las heridas cutáneas. En cuanto al diagnóstico del origen accidental pueden darse muy pocas normas de carácter general. Así, una herida de dirección descendente no puede considerarse accidental salvo circunstancias muy excepcionales; lo mismo puede decirse para una herida con trayecto doble o múltiple que indica que el arma fue retirada en parte y de nuevo hundida en distinta dirección. En la práctica, las heridas punzantes y corto – punzante de origen accidental se producen en tan variadas circunstancias, que este diagnóstico sólo puede deducirse del estudio especial y circunstancial de cada caso.

 

HERIDAS INCISAS E INCISO CONTUNDENTES.-

    1. Degüello.- Se conoce con este nombre la lesión de la región anterior del cuello con arma cortante, que a veces alcanza una profundidad verdaderamente notable, interesando todos los órganos de la región hasta los planos prevertebrales. Su origen puede ser tanto homicida como suicida, siendo muy importante precisar los elementos de juicio para establecer el diagnóstico diferencial. Como en el homicidio pueden darse muy variadas modalidades de herida según las circunstancias en que hayan tenido lugar la agresión, nos limitaremos a señalar las características del degüello suicida: Dirección: La herida suele dirigirse de izquierda a derecha y de arriba a abajo (en los zurdos, al contrario) .Topografía: La localización de la herida, más que anterior, es antero lateral izquierda, pues se inicia en la cara izquierda del cuello y suele terminar antes de llagar a la cara derecha. Profundidad: El punto de iniciación de la herida (o sea su extremo izquierdo) suele ser sensiblemente más profundo que su parte final, en donde el suicida ya tiene mucha menos energía. Como consecuencia, los grandes vasos del cuello sólo suelen estar seccionados en el lado izquierdo. Las vías aéreas suelen estar cortadas casi siempre, completa o parcialmente, más a menudo a nivel de la laringe en su parte superior. En ocasiones, el corte llega a la columna vertebral en donde queda marcada la huella del instrumento. Hay gran retracción de los tejidos blandos quedando un gran hueco entre las paredes de la herida que aparenta como si se hubiera hecho la escisión de un bloque triangular de la región anterior del cuello. Uniformidad: La herida suicida raramente es uniforme. Son muy características las pequeñas heridas de tanteo, situadas en las inmediaciones del punto de iniciación de la herida principal; son poco profundas y en número variable. Los tejidos profundos tampoco suelen ser seccionados de un solo trazo, observándose desigualdades debidas a los movimientos inciertos de la mano. Vestidos: Toda la parte anterior de los vestidos aparecen característicamente manchada de sangre que forman una capa espesa, lo que se debe a que, de ordinario, el suicida se secciona el cuello estando de pie y, a menudo, delante de un espejo. Mano: Por último, la mano que ha empuñado el arma que recibe directamente el derramamiento de la sangre de los grandes vasos aparece siempre ensangrentada.
    2. Sección de venas.- Es este un tipo de herida cortante típica del suicidio. Fue el método elegido por el gran poeta romano Petronio. Tiene ciertas zonas de elección: En primer lugar la región anterior de la muñeca izquierda, seguida por la flexura del codo izquierdo; estas localizaciones se trasladan al lado derecho de los zurdos. No están excluidas otras localizaciones, como el hueco poplíteo, si bien son mucho más raras.
    3. Decapitación.- Se llama así la sección de la nuca con un instrumento cortante o cortante y contundente, que puede interesar sólo los tejidos superficiales o llegar hasta la columna vertebral y aun abrir la cavidad raquídea y seccionar la médula. En su origen puede corresponder tanto a un suicidio como a un homicidio, sin estar excluida tampoco la etiología accidental. No obstante, las heridas suicidas no pueden tener una gran profundidad, por la dificultad de alcanzar esta región anatómica la propia víctima con la necesaria energía. Pese a todo, en la literatura médico legal se encuentran en algunos casos de suicidio en alienados con herida de decapitación muy profunda por lo que en cada caso habrá que tomarse en consideración esta posibilidad. La heridas de decapitación homicida corresponden ordinariamente a instrumentos cortantes y contundentes (hachas). Cuando se trata de armas cortantes es raro que las heridas de decapitación sean únicas, sino que acompañan a lesiones de degüello y de otras localizaciones.
    4. Sección de las paredes abdominales.- En nuestro país el suicidio por sección de las paredes abdominales es muy raro, excepto en enfermos mentales. La etiología homicida de este tipo de lesiones es muy propia de los delitos sádicos, acompañada frecuentemente de eventración y aun evisceración.

 

OTROS PROBLEMAS A CONSIDERAR

Identidad del arma.- La identificación del arma que ha producido una o varias heridas por arma blanca es problema de muy difícil solución en la práctica. De ordinario a lo más que se puede aspirar es a determinar si un arma concreta ha podido producir las heridas que se estudian. No obstante, del minucioso estudio de la herida pueden deducirse ciertas indicaciones generales acerca del instrumento que lo produjo, indicaciones que, en los casos favorables, llegan a permitir su identificación.

Clases de instrumento.- Los caracteres generales de las heridas producidas por los distintos tipo de arma blanca, estudiados en las páginas anteriores, son lo suficientemente demostrativos para determinar si el instrumento productor es punzante, cortante, corto punzante o inciso contundente.

ANCHURA DEL ARMA.- Este problema se refiere exclusivamente a las heridas corto punzantes, pues en las incisas es insoluble y en las punzantes solo puede apreciarse en términos muy vagos, a menos que la lesión interese cartílagos. En las heridas corto punzantes con un solo borde cortante la longitud de la herida coincide con la anchura de la hoja del arma sólo si está penetrado perpendicularmente y ha conservado esta dirección al salir, pues en caso contrario, si el sentido de la penetración es oblicuo, la herida es más larga que anchura real tiene el arma. DALLA VOLTA ha propuesto un método geométrico de determinar la anchura real de la hoja del arma partiendo de la longitud de la herida del ángulo de penetración. Para tomar las dimensiones de esta herida deben aproximarse primero sus bordes, pues en otro caso la retracción de los tejidos puede modificarlas sensiblemente.

NUMERO DE BORDES.- Como se dijo al estudiar las heridos producidas por instrumentos pluricortantes, no siempre todas las aristas se marcan en la herida, por lo que a veces podrá confundirse el instrumento agresor. Si el número de heridas es múltiple, las posibilidades de determinar la forma del instrumento aumentan. El examen microscópico de los tejidos cutáneos seccionados por el arma facilita información complementaria sobre la forma del instrumento (DALLA VOLTA y DEL CARPIO). Más simplemente, es muy útil incluir en parafina el bloque de la herida y realizar unos cortes perpendiculares el eje del trayecto, en los cuales se ven muy nítidamente la forma de la diéresis. Cuando el instrumento a interesado cartílago queda en él una huella muy fiel de la forma del instrumento. PERRANDO estudió las huellas óseas producidas por armas corto punzantes, llegando a que la conclusión de que la configuración de la herida es siempre bastante fidedigna en los huesos con dos láminas bien distintas y con suficiente sustancia esponjosa (cráneo, pelvis, esternón, cuerpos vertebrales). En algunas ocasiones, armas bastantes puntiagudas se rompen al herir el hueso quedando la punta clavada en él lo que simplifica, naturalmente el problema.

LONGITUD DEL ARMA.- De forma elemental podría decirse que la longitud del arma viene determinada por la profundidad de la herida. Pero este hecho sólo es cierto en contadas ocasiones. Unas veces porque no toda el arma se ha introducido, en cuyo caso la profundidad de la herida será menor que la longitud del arma. Otras veces porque el orificio de entrada se halla en tejidos blandos o sobre cavidades depresibles , por lo que la profundidad de la herida sería mucho mayor que la longitud del arma; este tipo de lesión ha sido llamado gráficamente herida en acordeón.

NUMERO DE ARMAS CUENDO EL HERIDO PRESENTA VARIAS HERIDAS.- El tamaño y la forma de las distintas heridas teniendo en cuenta lo expuesto hasta ahora, es lo que permite este diagnóstico, que en la mayor parte de los casos no sobrepasa la mera probabilidad.

POSICIÓN DEL AGRESOR Y VÍCTIMA EN EL MOMENTO DE PRODUCIRSE LA HERIDA.- Se trata de un problema que presenta grandes dificultades para su resolución y en el que no pueden darse normas generales.

Efectivamente, de forma apriorística suele aceptarse que todas las lesiones que radican en el plano anterior del cuerpo han sido inferidas estando víctima y agresor frente a frente, mientras que las que asientan en el plano posterior lo fueron estando la víctima de espaldas al agresor (lo que constituiría una circunstancia agravante). Este supuesto tiene sus errores, pues aparte de que el brazo armado puede alcanzar distintos planos, el cuerpo de la víctima no es un maniquí inanimado, sino dotado de movilidad, por lo que puede ofrecer en el momento de la agresión, por el solo hecho de girar sobre su eje, un plano distinto del que presentaba inicialmente, es decir, puede la víctima ser agredida por la espalda y presentar en ese momento, por rotación, el plano anterior, y a la inversa.

 

De dos maneras puede enfocarse este problema en la práctica:

  1. Partiendo del cuidadoso examen de la herida, mediante el cual se determina la dirección en que actuó el arma; de la zona en que está localizada; las condiciones del lugar del hecho; estaturas respectivas del agresor y de la víctima, y cualquier otra circunstancia útil en cada caso concreto, se intentan formular las hipótesis más verosímiles según las cuales haya podido tener lugar en el acto de la agresión. Estas reconstrucciones, si bien a veces son de una notable exactitud, otras dan lugar a grandes errores, por la imposibilidad de prever toda la vitalidad del acontecimiento.
  2. Más modestamente, pero lo más correcto en la mayor caso de los casos, precisar si las características de la herida coinciden o contradicen la versión que el acusado y/o la víctima han dado del modo en que se produjo la agresión.